viernes, enero 20, 2012

Video de Terapia Intensiva - Unidad de Quemados de (Grupo Televisa)

Un excelente resumen, muy claro y directo respecto a lo acontecido con el pendejete que se hace llamar "Platanito" quien tomara a broma la desgracia acontecida a nuestros hijos aquel horrible 5 de Junio del 2009, en el que 49 familias de Hermosillo,Sonora perdimos 49 hermosos angeles.

Hecho que aun no ha logrado ser superado por nuestros corazones, aunado a el nulo actuar de las "autoridades" encargadas de impartir Justicia, el entorpeccimiento del caso y los evidentes encubrimientos y apoyo de Clase Politica y Social acomodada de Sonora junto con los 3 niveles de Gobierno a favor de los negligentes y corruptos implicados como lo son los socios de la guardería ABC donde fallecieron nuestros hijos.

Marcia Matilde Altagracia Gomez del Campo Tonela, Gildardo Urquides S., Antonio Salido, Sandra Lucia Tellez Nievez, Alfonso Escalante Hoeffer, Juan Molinar Horcasitas, Eduardo Bours Castelo, entre otros.

COMUNICADO DE PRENSA 12/01/12 AGRUPACIÓN MANOS UNIDAS POR NUESTROS NIÑOS

TRANSCRIPCIÓN COMUNICADO DE PRENSA AGRUPACIÓN MANOS UNIDAS POR NUESTROS NIÑOS DEL PASADO 12/01/12

Con el propósito de evitar una mayor confusión en relación a la información difundida el día de ayer en el sentido de que la señora MARCIA MATILDE ALTRAGRACIA GOMEZ DEL CAMPO TONELLA, socia de la guardería ABC y prima hermana de la señora MARGARITA ZAVALA GOMEZ DEL CAMPO esposa del Presidente FELIPE CALDERON HINOJOSA, había sido exonerada de su probable responsabilidad en el fallecimiento de nuestros menores hijos como resultado del incendio de dicha estancia infantil, por lo que para tal fin nos permitimos señalar que hasta estos momentos ninguna persona sujeta a proceso penal por estos hechos, ha sido exonerada toda vez que tal circunstancia solo puede darse cuando se dicte sentencia y está todavía no se ha dictado en ninguno de los procesos penales.

Asimismo y por lo que respecta tanto al amparo que le fuera concedido a la señora GOMEZ DEL CAMPO TONELLA para revocar el auto de formal prisión que se había dictado en su contra, así como de los incidentes de desvanecimiento de datos que un Magistrado Unitario de Circuito ha dictaminado a su favor, cabe precisar que sigue vigente la posibilidad de que nuevamente sea consignada y girada en su contra una nueva orden de aprehensión, ya que los artículos 167 y 426 del Código Federal de Procedimientos Penales así lo previenen cuando existen nuevos elementos de prueba que antes no se hubieren considerado y en este sentido nosotros precisamente estamos trabajando en esos elementos de prueba para que el Ministerio Publico de la Federación ejercite en su contra una nueva acción penal y se ordene su inmediata aprehensión.


A T E N T A M E N T E


MANOS UNIDAS POR NUESTROS NIÑOS

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SE REPRODUCE LA PARTE TORAL DE LA RESOLUCION JUDICIAL QUE SUSTENTA EL COMUNICADO ENVIADO A LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN POR PARTE DEL GRUPO MANOS UNIDAS POR NUESTROS NIÑOS, EN RELACION A LA INFORMACION DIFUNDIDA DE LA “EXONERACION” DE LA SEÑORA MARCIA MATILDE ALTAGRACIA GOMEZ DEL CAMPO TONELLA EN LOS PROCESOS PENALES DE LA GUARDERIA ABC (EXPEDIENTES 134/2009 Y 182/2009).

La resolución dictada por el Magistrado del Primer Tribunal Unitario del Quinto Circuito al resolver en grado de apelación el toca penal número 553/2011, el día 25 de Noviembre de 2011 en su parte conducente en relación al alcance del sobreseimiento que a favor de la señora MARCIA MATILDE ALTAGRACIA GOMEZ DEL CAMPO TONELLA se estaba decretando de manera textual dice:
“La determinación de sobreseer en el presente asunto NO IMPIDE que la autoridad ministerial, por algún hecho distinto del que se analizo en las dos resoluciones referidas en el párrafo anterior, el cual se analizo profundamente por varios juzgadores de amparo, EJERZA NUEVAMENTE ACCION PENAL CONTRA LA EXPROCESADA MARCIA MATILDE ALTAGRACIA GOMEZ DEL CAMPO TONELLA, pues el sobreseimiento solo conlleva la imposibilidad de instaurar un nuevo proceso por esos mismos hechos, PERO NO LA INMUNIDAD DE LA PERSONA EN CUYO FAVOR SE EMITE, PUES ESTA PUEDE SER CONSIGNADA POR LA COMISION DE CUALQUIER CONDUCTA QUE, SIN FORMAR PARTE DEL HECHO QUE YA SE ANALIZO, ESTE REVESTIDA DE RELEVANCIA PENAL.”

Hasta aquí la parte transcrita que resulta muy clara en el sentido de que la mencionada socia de la guardería ABC puede ser nuevamente consignada y solicitarse su reaprehensión con base en elementos de prueba que no hayan sido considerados inicialmente, tal y como al efecto lo mencionamos en el comunicado que dimos a conocer.

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EL PRESENTE ES SIMPLE DATO INFORMATIVO A LA SOCIEDAD EN GENERAL SIN ANIMO DE INICIAR DEBATE NI CONTROVERSIAS DE NINGUNA ÍNDOLE.